Lleva casi cinco años en el Congreso, y está en su segundo trámite constitucional, pero desde hace un año su tramitación se frenó. Se trata del proyecto que establece nuevas exigencias de transparencia y responsabilidad de los agentes del mercado, que ahora parece reactivarse, luego de que ayer el gobierno le puso urgencia suma e ingresó nuevas indicaciones.
Esto ocurre luego de que la semana pasada el Banco Central llamó a fiscalizar a los agentes que llaman a hacer cambios en multifondos de las AFP: precisamente este proyecto pone bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones a este tipo de asesores previsionales.
El ministro de Hacienda, Ignacio Briones, señaló: “Las iniciativas que hemos presentado en el Congreso tienen como norte fortalecer el mercado financiero a través de medidas que impulsan la transparencia y la protección de los accionistas minoritarios. Asimismo, se establecen disposiciones que resguardan a los consumidores en el mercado financiero y se endurecen la sanciones para los infractores. Es de vital importancia que las personas crean en el mercado y para ello se necesitan reglas claras y parejas para todos”.
Las indicaciones
Entre las indicaciones que ingresó el gobierno, pide subir las penas en la Ley de Mercado de Valores para los agentes de mercado que eliminen documentos para dificultar la fiscalización de la CMF, quienes usen o revelen información privilegiada en beneficio propio, entre otros. En estos casos, se subieron las penas desde el actual “presidio menor en cualquiera de sus grados” de la ley vigente, a presidio menor “en su grado medio a presidio mayor en su grado mínimo”.
También aumentaron las multas que puede imponer la CMF a sociedades anónimas y empresas bancarias sujetas a su fiscalización, ya que actualmente la multa es de hasta 15.000 UF, pero ahora se pide que sea de hasta UF 100.000.
Otra indicación establece que dentro de los 30 días anteriores a la publicación de los EEFF de una entidad, no podrán hacer transacciones de los valores emitidos por el emisor cualquiera de los ejecutivos principales de la empresa, así como familiares. Es por esto que deberán anunciar la fecha en que divulgarán sus EEFF al menos 30 días antes.
Por otro lado, las indicaciones agregaron un capítulo sobre los denunciantes anónimos: no calificarán como tales “quienes hayan incurrido en la conducta sancionada o tengan la calidad de víctima de la misma”. La CMF deberá determinar si la persona cumple las condiciones de denunciante anónimo, y el mismo regulador tendrá que emitir una norma para establecer la forma en que funcionará. Asimismo, quien se entere de la identidad de un denunciante anónimo, no podrá revelarla.
Este proyecto también es el que busca la interconexión de bolsas, y las indicaciones establecen que las bolsas deberán adecuar su reglamentación interna a lo que establece el proyecto, y presentar esas modificaciones a la CMF dentro de tres meses desde la publicación de la ley. El regulador tendrá 120 días de corrido para dar su aprobación, salvo que pida información adicional o hacer cambios.
Asimismo, las indicaciones agregaron las recomendaciones que hizo la FNE el año pasado, cuando la Fiscalía presentó contra Bci un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por infracciones en el mercado de los seguros hipotecarios, y recomendó hacer cambios normativos y legales porque “existen algunas disposiciones en la Ley de Seguros (Decreto con Fuerza de Ley N° 251, de 1931) y en la normativa sectorial que regula estas licitaciones que podrían desincentivar la competencia, particularmente entre las corredoras de este tipo de seguros”, dijo en ese momento la FNE.
No había visto el detalle (escaso) de este proyecto porque en realidad no es uno para limitar la libertad de cambio hasta donde se puede ver de lo que reportan, sino para regular a los que recomiendan cambios como Felices y Forrados o Fondo Alerta que son los más grandes.
Me parece que es un pissing contest entre el gobierno y FF.
No veo de verdad ningún problema real en general en recomendar cambios de fondos en los volúmenes actuales y la estabilidad del sistema financiero o conflicto de intereses generales que puede ser supervisado fácilmente.
Salvo en crisis de liquidez, y ahí básicamente tienen que limitar todo el mercado de capitales, no solo la pequeña fracción del total que representan los movimientos masivos de multifondos.
En lo de ser recomendadores generales de activos sin tener intereses en ellos como los intermediadores financieros, no se si eso se puede regular de manera efectiva o si es constitucional. Te tienen que regular obviamente si tienes conflictos de intereses cuando manejas el dinero de otros, pero en este caso donde son solo recomendaciones de clases de activos (muy diversificados) que manejan y controlan otros me cuesta ver la legalidad de lo que proponen. Como vas a limitar la libertad de opinar sobre algo y que otros te sigan?? Tienes un blog o un canal, colocas un patreon y publicas lo que tu haces y otros hacen lo mismo. Como vas a bloquear eso??…
Está la libertad de pagar o no por la suscripción o aporte vía patreon. Y de tomar o no el consejo. Con todas las advertencias de rentabilidades pasadas no aseguran las futuras que puedas colocar.
Es diferente de los asesores previsionales individuales que se suponen especialistas en los temas que recomiendan y por los que cobran caro obviamente de manera individual debido a sus certificados que los acreditan como tales. No es al revés.
Esto se me hace similar al rubro de la salud.
Tienes que regular a los médicos y la actividad general de la salud convencional con las acreditaciones correspondientes. Porque cobran como diostores y tienen que acreditar que lo son.
Pero no te vas a colocar a regular a la medicina alternativa que usa elementos naturales que se compran en cualquier lado. Solo lo sancionas cuando cometan fraude explícito.
Tienes que regular a los diostores piechdiescos sanhattinos que también son dueños de las farmacias y laboratorios de los remedios que te recomiendan. Pero los médicos brujos que somos los que nos cambiamos somos medicina alternativas y no tenemos esos conflictos porque no somos dueños de los laboratorios, solo usuarios de las hierbas. Somos hippies del cajón del maipo para esos efectos.
LOL…
No veo la relevancia de esto, a diferencia de las regulaciones sobre los que tienen el control financiero del sistema y te recomiendan compras o ventas en sus cartas trimestrales de los activos que ellos tienen o quieren tener en cartera, o deshacerse de ellos.
Como dije.
Soy usuario del sistema. Opto por la medicina alternativa. Otros por la medicina tradicional. No tengo problemas en ninguno de los dos casos y las regulaciones y legalidad queda en manos de los reguladores.
Pero esto me parece una tontería que no mueve ni una aguja en el sistema financiero. Al menos que vea o que pueda afectarme. Vas a restringir la libertad de acceso de la gente a medicina alternativa porque son demasiado idiotas para entender que eso les puede dañar su salud y tu sabes mejor que ellos como preservar su bienestar??…
Mismo caso.
Por algo se crearon los multifondos y si averigua cómo utilizarlos a tu favor es una buena opción de generar más utilidades yo lo que creo es que se debería crear un fondo solo para los jubilados y quienes están a unos 5 años de jubilar si es que quieren estos últimos donde no pierdan ningún peso al igual que se hace en Perú con el fondo 0 que no se pierde y renta un 1% que al final no es mucho pero lo importante que no pierden ningún peso los demás al que no se cambia de fondo y le hace caso a las afp depermanecer por años en un solo fondo las afp asegurarles una rentabilidad anual de un mínimo de 5% y si tienen pérdidas o menos de esa ganancia las afp poner la diferencia y sacar plata de sus bolsillos llenos y a los que nos gusta diversificar y estar en distintos fondos según sugerencias o estudios de mercado dejarnos cambiar libremente y acortar los días de cambio para nuestro beneficio porque se puede hacer y no restringir a las empresas que prestan servicio porque es decisión de uno seguir o no sugerencias.
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