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El incremento de atribuciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) marcó uno de los principales ejes de discusión en la tercera sesión de debate del proyecto de ley de reforma tributaria.
Ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, el diputado UDI, Ernesto Silva, puso el dedo en la yaga al considerar que las nuevas facultades que se otorgarían a la institución fiscalizadora se encuentran “al límite de una consagración del abuso del poder total”.
El documento de Hacienda plantea disminuir la evasión y la elusión, con cuyos fines se espera recaudar US$ 1.450 millones. Para ello se plantean dos vías de acción. Por una parte, la incorporación en el Código Tributario de una Norma General Anti-elusión, que permitirá al SII rechazar las ventajas tributarias obtenidas mediante planificaciones elusivas y sancionar a los contribuyentes y asesores tributarios que hayan participado en su diseño. Por otra, permite al SII acceder a la información de compras pagadas por medios electrónicos (tarjetas de crédito y débito) y utilizar métodos estadísticos para determinar diferencias tributarias. En definitiva, atribuye un mayor poder a la institución, para lo que la blindará con 503 funcionarios adicionales que le costarían al Fisco cerca de $ 13 mil millones anuales.
Ante las críticas que pesan sobre las medidas, los expertos tributarios concuerdan en su carácter próximo a la “inconstitucionalidad”, el efecto desincentivador en la economía y los alcances que podría generar en los servicios de asesoría.
Álex Fischer, socio de Carey Abogados, considera este el punto “más preocupante de la reforma, potencialmente inconstitucional y que difícilmente puede calificar como buena política fiscal” por cuanto otorga al Servicio el derecho a calificar la existencia de abuso sin necesidad de un procedimiento que garantice el derecho a defensa.
Luis Felipe Hubner, socio de UH&C, advierte además que la figura anti-elusión obliga ante distintas alternativas de negocios, a elegir siempre la que más impuestos genera, lo cual atenta contra la libertad de los contribuyentes. Todos los expertos en el tema coinciden en lo anterior, y en que la propuesta conduce a un grado alto de inseguridad jurídica y es contrario al ordenamiento jurídico,elemento clave para desarrollo de la actividad económica, sostiene Mario Goziglia, socio de Prieto & Cía.
Además, observan otro punto conflictivo, por el que al SII se le otorga potestad para requerir información tanto al contribuyente como a terceros, prácticamente sin limitaciones. “Me refiero a la facultad de desestimar las formas jurídicas a pretexto de cobrar mayores impuestos a los que correspondería”, explica Goziglia.
En esa línea de pensamiento, Sebastián Guerrero, socio de Guerrero Olivos, advierte que esta norma puede transformarse en un abuso del SII, sin derecho a reclamo.
Servicios de asesorías podrían elevar precios
Trinidad Lecaros, economista de Instituto Libertad, cree poco acertado atribuir responsabilidad a terceros en un caso declarado abusivo dado que “son los socios, accionistas o dueños de las empresas quienes toman las decisiones, pudiendo o no tener en consideración sus consejos”.
Hugo Hurtado, Director International de Tax & Legal de Deloitte, cree también que esto podría frenar la puesta en marcha de negocios legítimos y lícitos ante la duda de enfrentarse a un juicio tributario. Mientras, por el lado de las asesorías podría desanimar a prestar estos servicios o encarecerlos al verse obligados a contratar seguros.
“Esta norma no debería prosperar, puesto que atenta contra quienes ejercen libremente una actividad profesional, deja mucho espacio a la interpretación, atenta contra la certeza jurídica, y se ve de muy difícil aplicación”, dice en relación Juan Pablo Cabello, socio de Cabello Letonja & Cía.
En relación a la facultad del SII para acceder a los datos de pagos electrónicos, las opiniones se contraponen. La mayoría denuncia que la medida es excesiva e innecesaria y atenta contra el derecho a la vida privada. Aunque algunas voces apoyan la iniciativa al entender que transparentaría el mercado y hará más eficiente la labor del SII, mejorando la fiscalización a un costo relativamente bajo.
medidas para suplir el DL 600 antes de diciembre de 2015
El sector minero y sus proveedores se han visto profundamente preocupados por la eliminación del Decreto Ley 600. Sin embargo, la ministra de Minería, Aurora Williams, dijo ayer que se presentarán herramientas en reemplazo que ayudarán al fomento de la inversión.
"El Decreto Ley 600 los vemos como un instrumento más que como un fin, lo que realmente nos interesa es el fomento de la inversión, y para esto existirá un instrumento que cumplirá con incentivar la inversión a nivel macro", opinó Williams.
En ese sentido, la ministra agregó que estos incentivos alternativos estarán disponibles antes de diciembre de 2015, los que se están trabajando en conjunto con el Ministerio de Economía.
Adicionalmente, la ministra destacó que pese a las modificaciones que se realicen en este ámbito con la reforma tributaria, los contratos actuales no se verán afectados y permanecerán vigentes. También existirá un espacio de tiempo que permitirá que los contratos que se encuentran en período de evaluación, puedan terminar con este proceso.
Pese a lo anterior, el presidente de la Asociación de Grandes Proveedores Industriales (Aprimin), Andrés Aguirre, insistió en que la eliminación del DL 600 afectará la inversión. "Es una variable que afectará a los proveedores, ya que no se tiene la certeza tributaria ni un marco estable como el que permite el Decreto, y siendo un negocio de alta inversión siempre es bueno tener un contexto menos riesgoso", dijo.
ejemplos de los efectos que podría acarrear el empoderamiento de la institución
Ante las múltiples dudas que despierta la incursión de las iniciativas de evasión y la elusión a través del SII, los expertos han señalado algunos ejemplos que podrían concretarse con el mayor empoderamiento del ente:
- "Si una persona natural vende un inmueble antes de un año, a los 10 meses por ejemplo, debería pagar impuestos por ser "habitual" en la operación. En cambio, si esperase tres meses y la vendiera después del año, no tributaria el ingreso. Conforme a la nueva norma, lo anterior sería lícito porque el contribuyente no tendría el legítimo derecho de esperar que pase el año y vender la propiedad después". (Luis Felipe Hübner).
- "El SII podría señalar que una compraventa no es tal, sino que es una donación, sin posibilidad de discusión por parte del afectado por tal decisión, salvo discutir el monto del impuesto cobrado". "Nuestro ordenamiento jurídico contempla que en caso de simulación son los tribunales de justicia quienes deben hacer tal calificación, no una autoridad administrativa de manera discrecional ni sin derecho a discusión alguna". (Sebastián Guerrero).
- "Si un cliente decide hacer un negocio con otra parte, fusionándose con una empresa nueva o en un vehículo común podría generar un beneficio tributario. Puede que el beneficio tributario no sea el principal elemento que motivó a las partes hacia el negocio, sino simplemente una sinergia. Pero si se genera un beneficio tributario, como muchas veces ocurre, la autoridad podría decir que hicieron esto para pagar menos impuestos y, en consecuencia, corresponderá al contribuyente probar lo contrario, subjetivizando todas las transacciones". (Hugo Hurtado).
- "Una transformación de sociedad limitada anónima con fines comerciales, puede al mismo tiempo tener un impacto en la tributación y será el criterio del fiscalizador el que prevalezca, teniendo en cuenta que parte de los salarios que recibe, van de acuerdo al monto total recaudado. Pr lo tanto, si bien puede contribuir a una mayor recaudación por parte del Estado al evitar conductas que propicien la elusión, se debe tener en consideración que hay cierto grado de subjetividad de criterio que puede ser costoso". (Trinidad Lecaros).
Esta es la forma en que comienzan las revoluciones, cuando los gobiernos van por impuestos de maneras grotescas, como invadir la privacidad de las transacciones personales.
No me gusta como se está estructurando esto de la reforma tributaria. Va a terminar con una persecución electrónica de impuestos de cada empresa, y peor aún, personas, que tendrán que justificar el porqué no están evadiendo, y no al revés como debe ser en un estado de derecho en forma.
Un desastre mayúsculo. Esperemos que las demandas se sumen en el tribunal constitucional por esto.
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