25 enero, 2017

Matrona es condenada a pagar $10 millones por subir a Facebook fotos de un bebé en Antofagasta

 

@emol

ANTOFAGASTA.- El Primer Juzgado Civil de Antofagasta condenó a una matrona a pagar una indemnización de 10 millones de pesos a los padres de un recién nacido, por publicar fotos del bebé en la red social Facebook. Según detalló El Mercurio de Antofagasta, la profesional fotografió con su celular al menor en la Clínica Antofagasta el 27 de diciembre de 2014, para luego agregar la imagen a la red social con la leyenda: "persona de la noche...niño dinosaurio...llora". La sentencia en parte sostiene que "concurriendo en este caso los requisitos de la responsabilidad extracontractual y habiendo provocado la acción culpable de la demandada Rojas Maya un daño en la esfera sicológica, y de las emociones de los demandantes, específicamente un daño moral, que consiste en el dolor, pesar o molestia que sufre una persona en su sensibilidad física o en sus sentimientos, creencias o afectos, ésta deberá indemnizarles dicho perjuicio". Según se desprende en el fallo, al ser consultada la demandada por su jefa directa, señaló que los hechos eran ‘efectivos’, pero que lo hizo con la intención de mostrarle el menor a su hermana porque lloraba de forma especial, pero insistió que nunca fue su intención provocar daño y tampoco perjudicar a la Clínica Antofagasta, por lo que decidió renunciar en forma voluntaria con el objeto de asumir su responsabilidad en haber tomado la fotografía sin el consentimiento de los padres. A su juicio, es incomprensible que se afectara la integridad síquica del menor y menos que se le haya provocado una humillación pública.

HUH??

Estando de acuerdo en que no hay un consentimiento de los padres para tomar la foto y publicarla, de que manera justifica el pago de 10 millones a los padres por lucro cesante que debe ser el caso??.

Cuando hay lucro cesante es cuando existe una pérdida valorizable y por ende ese es el pago que se solicita.

Me cuesta entender cual es daño o lucro cesante en este caso. No hay pérdidas económicas por daño de imagen, ni para los padres ni para el niño. Por supuesto una reconvención de la clínica para la funcionara por, probablemente quebrar los reglamentos internos respecto del  tratamiento de fotografías o registros de los pacientes.

Me parece que se está extralimitando el uso de estas demandas. Cualquiera puede decir que publicando en redes sociales algo con comentarios festivos provoca un daño sicológico. Que sigue, que no puedas publicar una foto con tu hijo en la piscina o en la tina de baño??.

Shit.

La generación copo de nieve…

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