03 octubre, 2019

Corte rechaza recurso de enfermera que buscaba retirar parte de sus fondos desde la AFP Habitat

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@biobio

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó un recurso de protección en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Habitat, el cual había sido interpuesto por una enfermera afiliada que buscaba la devolución de sus ahorros previsionales.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción judicial por considerar que no existe garantía constitucional afectada.

“(…) Las cotizaciones previsionales son de naturaleza específica a inmodificable, esto es, destinadas al financiamiento de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, que serán otorgadas a los afiliados una vez que concurran los requisitos (…)”, precisó el fallo difundido por el Poder Judicial.

El documento, además, especificó que la afiliación al sistema de pensiones de parte de un trabajador “origina los derechos y obligaciones que la ley establece, en especial el derecho a las prestaciones y la obligación de cotización, derechos que, a la luz de los antecedentes contenidos en el presente recurso, no han sido vulnerados”.

Finalmente, el fallo argumentó las razones de por qué en este caso no hubo una vulneración, subrayando “que el sistema de pensiones de vejez, de invalidez y sobrevivencia a través de capitalizaciones individuales es obligatorio y debe efectuarse en las Administradoras de Fondos de Pensiones por expreso mandato legal, dando con ello cumplimiento a la garantía y derecho establecido en el número 18, del artículo 19 de la Constitución Política”.

Los argumentos de la enfermera

La enfermera mencionada en este caso, residente de Punta Arenas, había recurrido a la justicia con el objetivo de poder retirar los fondos previsionales que tiene en la AFP Habitat, solicitud similar a la presentada por una profesora de Antofagasta.

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La profesional de la salud -de 60 años e iniciales B.V.F.- cotiza en el sistema desde hace 40 años y aún ejerce.

Ella calculó que al jubilar recibirá $208.000, aproximadamente, monto con el que le será imposible costear todos sus compromisos económicos (deudas, gastos básicos y de salud, compromisos familiares, entre otros).

En línea con lo anterior, explicó lo siguiente en el documento presentado ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas: “Las necesidades que tengo son poder solventar mis gastos, (…) la pensión no me alcanzaría para vivir y mantener mi nivel de vida, teniendo que posiblemente después endeudarme, rebajar mis gastos en consumo, buscar otro arriendo y un sinnúmero de problemas que no debería enfrentar una persona de tercera edad”.

B.V.F subrayó que actualmente sus ingresos se destinan al pago de deudas. “Me preocupa una invalidez o problema de salud. No puedo acceder a una mejor calidad de vida y en ese sentido la respuesta de la AFP es arbitraria e ilegal”, finalizó.


Supongo que es el clavo final a este tema. El ahorro obligatorio es para pensiones, no para uso discrecional de los fondos. No puedes cambiar las condiciones a voluntad o conveniencia de un contrato social como es este que reemplaza a los impuestos que se cobraban para un sistema de reparto. Si quieren cambiar esto, debe ser una votación popular al estilo de un plebiscito. No era de libre disponibilidad ese monto en esa época, y no lo sigue siendo ahora. Si puedes (y debes) ofrecer mejores alternativas de inversiones sobre esos fondos, pero todas orientadas a tener ingresos o flujos de pensiones. Especialmente en esta época de tasas negativas.

Porqué es heredable entonces si no hay libre uso de los fondos???

Porque el espíritu de esto es que el jubilado no sea una carga para el estado en pensiones. Simple y puro. Una vez muerto, los herederos pueden quedarse con el saldo si es que queda, ya no va a ser un problema para gobierno, ni le interesa.

Es una lástima el que las personas se endeuden y no cuenten con las condiciones para jubilar, pero hay que entender esto:

Trabajaste como empleado toda tu vida, y así y todo aspiras a ser rico por 20 o 30 años, que finalmente lo que es recibir ingresos que cubran tus gastos y nivel de vida actuales sin tener que trabajar por ello es realmente.

Esta es finalmente la promesa que hacen todos los gobiernos. Pártete el lomo toda tu vida laboral, y no te preocupes por nada, solo entréganos parte de tus ingresos y con ellos al final de aquella recibirás el paraíso en la tierra en forma de pensión.

No les recuerda algo parecido???

Misma promesa con misma premisa. Se un cordero del señor, dona parte de tus ingresos y recibirás la salvación y el paraíso a la hora de tu muerte. Lo de Moisés y la tierra prometida no es una fábula, es un manual de operaciones.

DONT

FALL FOR

IT

Lo único que tiene alguna remota posibilidad de cumplirlo es el sistema de capitalización individual donde los fondos van hacia activos mundiales y no a los bolsillos perforados de los políticos y gobiernos.

Y por supuesto el generar riqueza de manera independiente a esto en la medida que se pueda. Imprimir artículo

3 comentarios:

  1. Ojo se presentaron 20 recursos. 1+ han sido rechazados, 2 pasaron AL TC y hay 4 avanzando.

    Le falta 6 meses para ver realmente si es tema cerrado

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    1. Es tema cerrado. El financiamiento de la deuda de gobierno y por lo tanto mucho de sus sueldos y los del congreso y poder judicial (y el mantenimiento de su valor y las tasas de interés bajas) proviene en gran parte de los fondos de AFP´s y de la premisa que no pueden ser retirados libremente sino re invertidos, especialmente en instrumentos seguros, como los de gobierno. Ni políticos de izquierda ni derecha van a permitirlo, son zánganos, no tontos.

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    2. Dicen que los telefonazos a los integrantes del TC son diarios respecto a esta materia. Chapó con lo de “zánganos”. Los políticos serán los primeros en el lobby.

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