11 octubre, 2023

Ley corta de isapres: técnicos proponen devolución por US$451 millones y cuatro medidas para amortiguar baja de ingresos

@latercera

Luego de una labor de poco más de tres meses, finalmente este martes los expertos de la instancia técnica que trabajó al alero de la Comisión de Salud del Senado, en el marco de la ley corta de isapres que ingresó el gobierno, entregó su informe para poner en marcha el fallo de la Corte Suprema sobre la tabla de factores, sin dejar caer el sistema de isapres.

El texto, de 104 páginas, estima que la devolución que tendrán que hacer las isapres por la sentencia del máximo tribunal es un tercio de lo que calculó inicialmente la Superintendencia de Salud, ascendiendo a US$451 millones, versus los US$1.400 millones del regulador. Los expertos proponen que ese monto se devuelva en diez años, y que en ese periodo en que siga vigente la deuda, las isapres no puedan hacer retiro de utilidades.

Pero también definieron qué hacer para que la industria siga siendo viable después de la baja de ingresos que les genera aplicar lo que estableció la Corte Suprema en el fallo sobre tabla de factores, y en el fallo que anuló la última alza del precio GES que habían aplicado las isapres. Esto, según cálculos del informe de los técnicos, implica una caída de los ingresos operacionales futuros de las isapres de un 22,8%, lo que es igual a una pérdida de $75.202 millones mensuales por ambos fallos.

La baja de ingresos por el primer fallo se produce porque el máximo tribunal definió que las isapres deben aplicar la tabla única de factores a la totalidad de su cartera, y al hacerlo, en caso de que a las personas se les genere un alza en el precio del plan, las isapres no pueden efectuar dicho incremento; pero en caso de producirse una baja en el precio del plan, las isapres sí deben rebajarlo. Además, tendrán la obligación de suspender el cobro por los nonatos y menores de dos años de edad.

Para reducir o amortiguar la caída de ingresos, los técnicos propusieron que las personas contribuyan íntegramente con su 7% para salud, sin generar excedentes individuales hacia futuro como sucede en la actualidad. También consideran subir la prima GES entre 0,1 y 0,2 UF para poder incorporar en el cálculo algunos elementos que hoy podrían no estar adecuadamente financiados. Asimismo, plantean que el sistema haga una contención de costos. Por último, plantean que exista un alza promedio del precio base de los planes de salud de entre 16,7% y 12,7%.

Eso sí, con todo esto en marcha, el informe concluye que “los precios finales pactados -aquellos que pagan las personas- en términos netos no se verán necesariamente afectados al alza por un cambio en los precios base, e incluso un porcentaje de las personas seguirán siendo beneficiadas con reducciones de los precios finales de sus planes”. Eso significa que los precios de los planes subirán para algunas personas, en ciertos casos disminuirán, y en otros podrían mantenerse.

La devolución

¿Por qué el monto a devolver bajó a un tercio de lo que había estimado el regulador? Hubo dos diferencias en el cálculo. Primero, los técnicos de manera transversal propusieron que nadie pueda contribuir menos de un 7% de su renta imponible a la seguridad social en salud, y en caso de generarse eventuales excedentes, pasan a ser contribuciones colectivas del sistema. Eso, a juicio de los técnicos, reduce en cerca de un 23,4% el tamaño del pasivo, desde US$1.550 millones a US$1.186 millones.

El segundo cambio en el cálculo, que es justamente el que reduce el pasivo de manera más significativa, es que los técnicos adoptaron una propuesta que hizo en mayo Espacio Público. “Para dilucidar y estimar las cantidades cobradas y percibidas en exceso por las isapres resulta indispensable entender que ellas son aseguradoras. Es decir, instituciones cuya función es distribuir un riesgo -en este caso el costo asociado a la ocurrencia de problemas de salud- entre todos los asegurados. En este sentido, es de la esencia o inherente a toda institución aseguradora la solidaridad o la mutualización, que opera a través de subsidios cruzados entre los distintos beneficiarios. La tabla de factores viene a ser el instrumento que distribuye (solidariza) el riesgo entre los beneficiados o asegurados”, argumenta el informe de los técnicos.

Y lo ejemplifican así: “Si las mujeres pagaron más que los hombres por sus planes de salud con ocasión del uso de tablas de factores distintas a la tabla única de la Superintendencia de Salud -como en efecto ocurrió-, ello no significa necesariamente que la isapre haya percibido pagos en exceso. Sí significa que el coste del riesgo se distribuyó de una forma que nos parece reprochable, aunque haya sido conforme a la legislación vigente y a lo que indicaban los cálculos actuariales”.

Por eso, para calcular los pagos hechos en exceso por el no uso de la tabla única de factores, consideraron los efectos que habría tenido su uso sobre el total del sistema, y no los efectos individuales. Ahí señalan que según las primeras aproximaciones, con el cambio en la tabla de factores el 46% de los contratos administrados habrían subido o mantenido su precio final, y 54% de los contratos habrían bajado de precio. “Los contratos cuyo precio habría bajado producto de esta adecuación habrían significado, en pesos de septiembre de 2023, $934.367 millones menos para la industria, mientras que las alzas habrían significado $378.443 millones más”, detalla el documento.

El comité técnico pidió a la Superintendencia de Salud que en base a ello calcule el pasivo total, esto es, con todos cotizando un 7%, y que se calcule “considerando las características propias de los sistemas de seguros”. Según las cifras entregadas por el regulador, “la magnitud del pasivo total alcanzaría los $402.341 millones. La cuantía de la deuda equivalente a cerca de US$451 millones es comparable al total de utilidades acumuladas entre los años 2012 y 2020, donde en millones de pesos de junio de 2023, se acumularon ganancias por $487.769 millones (US$546 millones)”.

Plazo y mecanismos de pago

El comité propone que ese monto se pague en diez años. Eso implicaría que las isapres destinen cerca de US$45 millones anuales por los próximos diez años. Tal cifra igualmente podría cambiar, considerando que la estimación fue hecha según las devoluciones que tendrían que hacer las isapres si se considera como plazo de inicio abril de 2020, mes en que entró en vigencia la nueva tabla de factores; y febrero de 2024, que lo usaron como fecha referencial para la implementación efectiva de lo resuelto por la Suprema.

Ese monto “se distribuirá a prorrata entre los afiliados cuyo contrato de salud, por la adecuación de la tabla de factores, resultó con un precio final inferior al que la institución cobraba hasta ese entonces”.

Sin embargo, esa devolución no necesariamente será hecha en dinero y, de hecho, tiene una menor probabilidad de que eso sea así. El informe establece que “dicha devolución podría efectuarse en dinero o en prestaciones o coberturas adicionales. La Comisión sugiere que los excedentes producidos por el fallo tengan un régimen especial para esta deuda, con una cuenta individual separada. Se sugiere que dichos excedentes sean reajustables, pero no generen intereses. En caso de no ser totalmente utilizados en prestaciones o coberturas adicionales como las que establece el inciso cuarto artículo 188 del DFL N°1 de 2005, del Ministerio de Salud, al final del período de pago de la deuda, el saldo sería pagado en dinero efectivo a los beneficiarios”. Esto implica que el retiro efectivo en dinero se podría hacer después de diez años.

Amortiguar la baja de ingresos

Los fallos de la Corte Suprema por tabla de factores y precio GES implican menores ingresos para las isapres por cerca de US$1.000 millones anuales, dice el informe de los técnicos, lo que al final “produce un desequilibrio financiero de graves consecuencias”. Por eso, propusieron principalmente cuatro medidas para “evitar el colapso del sistema privado de salud”. Estas son medidas de política pública que plantean establecer en paralelo al cumplimiento del fallo.

Cotización por el 7%

La primera medida es aportar un 7% de las remuneraciones imponibles, sin excedentes, como ocurre en Fonasa, lo cual “es consistente con un régimen de seguridad social del cual, por lo demás, las isapres son parte, lo que ha sido expresamente fundamentado por la Corte en sus fallos. Consecuentemente, entendemos que desde el punto de vista legal la adecuación de las tablas de factores ordenada por la Excma. Corte Suprema no debiese significar un precio final a pagar por cada afiliado inferior a su cotización legal”, dice el informe de los técnicos

Y agrega que según datos de la Superintendencia de Salud, hoy cerca de “un 30% de los afiliados tiene contratado un plan cuyo precio final pactado es menor a su 7% de cotización legal”.

Por eso, los técnicos plantean que “se reajusten los precios de todos los contratos que a la fecha tengan un precio pactado por debajo de la cotización legal; reajustándose al valor de la cotización. Con todo, se propone que esta adecuación de precios esté acompañada de: (i) la obligatoriedad de las isapres de ofrecer un plan de salud alternativo cuyo precio más se aproxime al valor de su cotización obligatoria de salud, que mejore las coberturas del plan vigente y (ii) la facultad de los afiliados para que, dentro de los seis meses siguientes a la adecuación, puedan solicitar a su isapre el cambio de plan, para lo cual no se les podrá exigir una nueva declaración de salud operando la entregada al momento de suscribir el contrato vigente”.

Por otro lado, también proponen modificar la legislación para que las isapres, “al momento de la contratación, no puedan ofrecer planes cuyos precios sean inferiores al de la cotización legal para salud”. Además, establecen “que si la cotización legal dentro de un período determinado supera el precio pactado (en una cantidad superior al 5% de la cotización legal), la isapre esté obligada a ofrecer al afiliado un plan de salud alternativo cuyo precio más se aproxime al de la cotización. Asimismo, se propone que mientras el afiliado no suscriba un nuevo plan cuyo precio se aproxime a su cotización legal los excedentes que se generen pasarán a ser un aporte total al sistema”.

Alza del precio GES

Una segunda medida que propusieron es subir los precios de la prima GES. Al respecto, señalan que el último fallo de este tema “reconoce que el estudio que se utilizó como referencia para establecer el precio de la prima GES por parte de la Excma. Corte Suprema, ´no considera como prestaciones de salud valorables todas las que deben proveerse a los nonatos y menores de edad, respecto de los cuales esta Corte ha establecido que sí deben ser consideradas´ , situación que debe ser corregida”.


Yep.

Así está bien calculado y se reconoce obviamente el que el sistema es uno solidario de seguros. Al menos la base o hipótesis del cálculo. También lo de que el 7% no genere excesos y que vaya a la solidaridad de todo el sistema.

No sé si sea sostenible en este esquema de pagos, especialmente cuando los que lo sostenían ya se fueron, que son los hombres jóvenes que pagan pero no ocupan el sistema.

Es igual que Fonasa en términos de flujo y concepto, solo que es privado, no público y por ende los déficits del sistema se financian con aumento o con deuda privada, no con deuda pública. Y por supuesto está infinitamente mejor administrado.

Lo dicho en anteriores post.

Los sistemas solidarios, que son en el cual los participantes sienten el costo medio y no el costo marginal de su uso, están destinados a quebrar. Especialmente aquellos que tienen el incentivo a usarlos y abusarlos.

No matter what. Es solo cuestión de tiempo.

Veamos como sigue y si aumentan los planes. Si es así, va a aumentar aún más el desangre del sistema de gente que no lo usa y por ende financia.

El sistema está quebrado. No por el sistema sino por las tendencias sociales que dejaron inválido la hipótesis de construcción que era el que solo un mínimo de la población ocuparía los sistemas.

Tal como ocurre con los sistemas de reparto en pensiones.

Pero, tal vez postergaron el cagadazo del sistema para el siguiente periodo electoral.

Tal vez.

Hay que ver si las Isapres se quieren mantener en un negocio para perder algo menos.

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4 comentarios:

  1. Cual sería el incentivo a tener un plan más barato y con menor cobertura si el diferencial del 7% va a solidaridad?

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    1. claro, mejor cambiarse al full cobertura y no generar exceso

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  2. @nonimo/Demócrito:

    Un comentarista en la plataforma "X" señaló, a propósito de la inminente llegada de 2 portaaviones a Israel, que ahora todos podían entender el porque EE.UU. no tenia un sistema público de salud sino por excepción del programa Obama-Care **...(** Fonasa Gringa - Nivel Municipal)

    - por donde uno lo mire, un sistema de salud sea público o privado tiene un "ADN" de componente deficitario, y lo más razonable como sensato parece ser el sistema MIXTO tal como hoy existe, tanto para aliviar la carga financiera al Estado como a la empresas privadas cuyo negocio sea la Salud

    - si se opta por la receta completamente estatal sin tener los ingresos de UK y Países Nórdicos irremediablemente terminaremos como Argentina, quebrados ...y con aumento de la pobreza hoy al doble en un par de décadas

    - si se mantiene el sistema MIXTO tal como está, con todos sus problemas y ventajas, al menos se administra mejor el riesgo financiero porque, en lo que respecta a la mayor parte de la población esta no va a quedar desamparada porque ya está considerado un seguro Universal para la mayoría de las enfermedades

    - las Aseguradores Internacionales que se dedican al negocios de salud, son las únicas que tienen la capacidad financiera para complementar este segmento de negocio que está configurado - si o si - como un apéndice del un concepto de seguridad socia en esencial, inserto en una maraña de leyes, circulares y reglamentos cruzados entre el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Salud, es decir, con el aval del Estado de Chile

    - y en los casos en que exista un vació legal, como lo es el actual problema de la Isapres y su cálculo de devolución de exceso cobrado ordenado por Tribunales de Justicia, debe actuar el Congreso Nacional, tal y como lo está haciendo (...) porque se había echo el loco por más de 1 década y ahora los pillaron IN FRAGANTI, sin escapatoria

    - como decía un tio mío que murió, ..." sobrino usted esta del lado de los pillados o no pillados ?? "

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    1. @nonimo/Demócrito: Fe de Erratas, disculpen por errores de tipeo /redacción / detectados

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