11 marzo, 2018

Para qué una Constitución


@blogsemol

Hay varias formas de justificar un debate -no un focus group, no una lluvia de ideas sumadas en un formulario, sino un debate- acerca de una nueva Constitución.
Algunas son más bien débiles; pero otras son fuertes.
Desde luego, las reglas de una Constitución no mejoran por sí solas la vida de la gente y las cosas que en ella se establecen pueden resultar, como suele ocurrir en América Latina, simple escritura en el agua. No hay una razón inmediata de bienestar para abogar por el debate acerca de una nueva Constitución. Si fuera por las constituciones, muchos países de la región, cuyas constituciones alegran las clases de los profesores de derecho constitucional, aventajarían a Chile.
Creer que la Constitución es la clave de la vida colectiva y del bienestar de los ciudadanos es una ilusión fetichista que no se sostiene.
Tampoco el contenido es lo más importante. Si así fuera -si el contenido fuera lo más relevante-, entonces no habría que preocuparse de la forma en que una Constitución se origina. Lo que importaría es que sus reglas fueran razonables y justas; aunque salieran de la imaginación (por supuesto no los hay) de un dictador benevolente y culto o de la paciencia (por supuesto los hay) de un profesor sofisticado.
Y al parecer tampoco importa demasiado la forma en que una Constitución se origina. Como todos los orígenes, el de las constituciones suele estar envuelto en una mistificación posterior que el tiempo y el olvido construyen. Les ocurre a las constituciones algo parecido a lo que les pasa a las personas: construyen ex post una novela acerca de sí mismas.
Pero ¿qué importancia puede tener entonces un debate constitucional?
Hay una razón, por decirlo así, sociológica que en las condiciones contemporáneas hace beneficioso el debate acerca de una nueva Constitución.
Un breve rodeo permite explicarla.
Todas las sociedades necesitan un vínculo que una a los ciudadanos, un lazo simbólico que les permita reconocerse como parte de una misma comunidad, como partícipes de una empresa común. Ese lazo o vínculo fue durante buena parte del siglo XIX y del XX la idea de nación concebida como una unidad tejida por una memoria común. Ello fue resultado, como se sabe, de un gigantesco esfuerzo estatal de aculturación que en el caso de Chile resultó notablemente exitoso. Pero ocurre que la modernización que Chile experimenta, la creciente abstracción de sus relaciones sociales mediadas por el mercado y el dinero, acicatean el individualismo y al contrario de lo que se creyó en la primera literatura sobre globalización, esta última estimula las identidades locales y particulares corroyendo poco a poco esos vínculos inventados sobre los que se erigió la nación.
En un mundo cada vez más individualizado, más diferenciado, cuyos miembros tienen identidades múltiples (a tal extremo que se vive hoy una verdadera política de la identidad, donde cada uno escoge la que quiere se le reconozca), ¿cuál será el vínculo sobre el que se erigirá la comunidad política?
Ese vínculo no puede ser sino un conjunto de valores comunes acerca del modo en que los ciudadanos se conciben a sí mismos y en sus relaciones recíprocas. Y ese puñado de valores, para que sean capaces de orientar la vida común de los ciudadanos, no pueden ser recibidos ni con argumentos de autoridad, ni amparados en la tradición del eterno ayer. En condiciones de autonomía e individualización crecientes, esos valores y ese vínculo deben ser establecidos reflexivamente, mediante la deliberación. No porque la deliberación tenga ventajas epistémicas (como ya se dijo, un sagaz profesor de derecho o un dictador benevolente podrían escribir reglas justas y razonables), sino porque ella permite constituir performativamente ese vínculo que todas las sociedades necesitan. En condiciones modernas, con ciudadanos cada vez más escolarizados, autónomos e individualizados, solo se reconocen como propios aquellos valores establecidos mediante la propia reflexión.
Eso es lo que hace relevante un debate acerca de la nueva Constitución y lo que, al mismo tiempo, hace absurdo y pueril el proceso constituyente que lo suplantó.

Ciertamente siendo la democracia un desarrollo relativamente moderno y acotado en relación a la historia mundial y donde la mayoría de los países en la mayoría del tiempo han sido gobernados por dictadores o tiranos, (reyes o emperadores califican como tales) decir que no existieron cultos y benevolentes es bastante retardado. No estaríamos donde estamos si así no hubiera sido. De hecho, la estructura natural de la sociedad se basa en UN macho alfa que toma las decisiones importantes y defiende al grupo. UNO. La democracia es anti natural como estado de regulación de una sociedad. Desde el núcleo básico hacia todas las estructuras humanas. O en la familia hay una votación de las decisiones??, En las empresas???…

Lógicamente una democracia es la elección de los machos alfas que nos van a guiar y proteger. Simple y sencillo.

Cuando se juntan diferentes grupos con distintos machos alfas, se hace necesario crear reglas base comunes, que permitan el intercambio y que la línea de mando no se altere. Ergo, nace la propiedad sobre la persona, razón por la cual antiguamente alguien que cometiera crímenes en un país o región diferente no podía ser juzgado o condenado en el país agredido. Se enviaba al país de origen para que respondiera a su alfa. Es decir, las personas eran propiedades del dictador de turno. Con el avance de las democracias y la cultura de autodeterminación, junto con la llegada de plebeyos a los gobiernos en los roles de alfas, se generó el debido proceso y que los crímenes se juzgan y sancionan con las leyes donde se producen.

Todas las reglas que se crean en una constitución nacen y son relacionadas a la protección de los plebeyos del abuso del alfa de turno. No se establecen como generadoras de “derechos” que el alfa debe otorgar a sus dirigidos, salvo el protegerlos de ataques externos y juzgar las disputas entre sus dirigidos que se entiende está dentro de los deberes de hecho del alfa.

Cuando se tienen reyes con poderes otorgados por Dios, no es necesaria una constitución, todo lo que sale de la boca del representante divino en la tierra es ley, y justa por añadidura. Cuando tenemos a plebeyos dictando leyes, se hace necesario que se coloquen restricciones a ese gobierno terrenal.

Y esas restricciones o derechos deben ser “negativos” estos es, restrictivos. Hacia los gobiernos y lo que NO pueden hacer sobre la población. No al revés. Cuando se aprueban leyes positivas, esto es, que rigen lo que el gobierno SI puede hacer (y debe) como educación gratis, vivienda gratis, o lo que sea gratis, da pie a que el Alfa de turno haga lo que quiera sobre sus dirigidos basado en lo que el mandato de la ley impone. Educación gratis, aumentos de impuestos (que por cierto es el origen de todas las revoluciones), seguridad y diversidad, restricción de las libertades de expresión, etc, etc.

Las constituciones nacen como restricciones a los gobernantes. Y así deberían continuar.

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