12 junio, 2012

Casino Financiero: SVS emitirá norma para que corredoras declaren cartera propia

 

En castellano, los fondos de inversiones y hedge funds deberapn declarar cuales acciones tienen en su poder, y con ello se espera que al realizar recomendaciones de compra, no se encuentren intereses creados entre los clientes y la propia corredora, es decir, que la corredora venda sus acciones a los clientes para deshacerse de ellas si esperan que no se desempeñen.

Suena bonito y es extraño que esto no existiera antes. El único problema es que saber lo que tienen no significa que sabes lo que quieren hacer con ello. Si sabes que tienen acciones de La Polar, y te recomiendan comprar, la reacción obvia es seguir el consejo, sino porqué tendrían acciones???. El punto que no es conocido y no es aclarado es que las firmas de inversiones recomiendan productos que tienen en cartera y de los cuales se quieren se deshacer. SIP, leíste bien, te venden o recomiendan las porquerías que ya no quieren en sus carteras propias…

La ÚNICA forma de evitar esto es que las firmas de inversiones tengan PROHIBIDO tener en cartera propia activos financieros que se encuentre entre los productos ofrecidos. Simple. El resto es continuar alimentando a los dueños del casino, que entre otros controlan a la SVS.

Y si tienes dudas de a quien sirve la SVS, va un extracto de la ley que lo crea…

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) es una institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda. Tiene por objeto la superior fiscalización de las actividades y entidades que participan de los mercados de valores y de seguros en Chile. Así, a la SVS le corresponde velar porque las personas o instituciones supervisadas, desde su iniciación hasta el término de su liquidación, cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que rijan el funcionamiento de estos mercados.

Artículo 2º.- A la Superintendencia y a su personal no les son aplicables las normas generales o especiales dictadas o que se dicten para regular la administración del Estado, tanto centralizada como descentralizada, salvo lo dispuesto en el decreto ley Nº 1.263, de 1975.

NOP, no es a la población general a quien sirve….

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