17 febrero, 2012

PARISI VS MEO



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Dejando de lado la polémica por la autoría de la recomendación de devolver el sobre interés cobrado por instituciones financieras a los clientes, una vez que el periodo de pago se haya realizado en conformidad y por tanto los riesgos se hayan extinguido, algo que realmente me preocupa es el desconocimiento acerca del sistema bancario de gente que se supuestamente o tiene estudios de economía e incluso la enseña y por tanto, o debería tener sólidos conocimientos del tema, o debe estar asesorada por especialistas. Pero lo que es peor aún, la falta de manejo de los conceptos básicos de un contrato entre partes en un estado de derecho, demostrado en esta propuesta, de quienes se supone podrían (aspiran) a liderar el país.
Que pensarías si un empleador te contrata por un sueldo ante la expectativa de un cierto desempeño, y después de un par de años ese desempeño no se cumple, y por ley puede pedir la devolución de la diferencia del valor adicional que te pagó versus lo que realmente rendiste (sin contar lo difícil que podría ser estimar esto). Pues bien, esa es básicamente la propuesta de cualquiera que haya sido el autor original. Cualquier contrato que intercambia bienes actuales por bienes o servicios futuros se basa en la valoración que cada parte hace del negocio. Si después de un tiempo cambia la percepción sobre el negocio o las condiciones sobre las que se evaluó, no por eso dejas de cumplir el contrato. Esa es una regla básica del estado de derecho, sin el cual básicamente no existe regulación y por lo tanto no hay intercambios de bienes en el futuro, sólo intercambio de  bienes y servicios en el momento.
Aplicada teóricamente (olvidando por ahora las complejidades de la banca) esta recomendación al actual estado de cosas, lo único que lograría es aumentar el costo operativo de la banca de dar crédito, y por lo tanto lo traspasaría a los clientes que aún se encuentran en el rango de las tasas máximas, y excluiría a todo el resto. Así como en el ejemplo del trabajo tu pedirías más sueldo en la expectativa de tener que devolver una parte, quedando una buena proporción de la fuerza laboral fuera porque su costo excedería su producción con esta prima adicional.
Dejando de lado el monto de los intereses por el momento, esta propuesta es absolutamente lúdica en términos contractuales y de concepto de negocio. Si yo presto dinero y expongo mi capital, el que asigna y decide sobre el retorno que exijo a ese capital de acuerdo al riesgo de no pago del sujeto a quien le presto soy yo. Quien decide si el valor del consumo actual del capital (de acuerdo a los intereses) es mayor que el valor del consumo futuro es quien pide el préstamo. Esa estructura se basa sobre las expectativas FUTURAS de comportamiento de pago que se plasman en un contrato, el cual debe ser cubierto si la contraparte ha cumplido con su parte.
En lo que deben enfocarse los políticos primero es entender las implicaciones del estado de derecho. Segundo, en entender el funcionamiento de la banca en la economía. Sólo así concluirán que el modelo actual de reserva fraccionaria de la banca es el que hay reformular, adicionalmente a separar la banca de inversiones, de préstamo y de depósitos, junto con leyes más específicas respecto de la usura. Un cambio estético como este sólo aumenta los costos para los sujetos de crédito…o sea todos los chilenos ex Banca
Va un video dedicado a estos dos en particular, y a los políticos en general…
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